
IVA 0%
IVA 0% en lugar de 22% - Exoneración del pago de IVA para producciones y coproducciones internacionales

Comprometido con el impulso de la industria audiovisual, en 2005 el gobierno uruguayo presentó un beneficio fiscal que consiste en la exoneración del pago del IVA (22%) de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 220/998.
En el marco de este plan se exonera del pago de IVA sobre gastos de producción a proyectos realizados para el exterior, filmados en Uruguay.
La exención del pago del IVA se encuentra disponible para todo tipo de contenidos audiovisuales incluyendo –pero no limitado a- largometrajes, cortometrajes, videoclips, animaciones, documentales, producciones y series de televisión para todo tipo de servicios de distribución de medios tales como TV, OTT, estrenos en salas, etc.
Los comerciales y filmes publicitarios también están cubiertos cuando la compañía productora cuenta con un certificado de exención de impuestos expedido por I.C.A.U. (Dirección del Cine y Audiovisual Nacional).
Los gastos que pueden aspirar a este beneficio incluyen:
(aunque no se limitan a)
- Servicios de catering
- Equipo de trabajo durante preproducción, producción y postproducción
- Servicio de manejo de datos, conexiones de Internet, servicios en la nube para almacenamiento de originales de cámara, archivos de postproducción, VFX y audio
- Edición de imagen y sonido
- Servicios de post producción
- Cobertura de seguros
- Producción de animaciones y efectos visuales
- Alquiler de props
- Alquiler de locaciones y escenarios
- Alquiler de equipamiento para postproducción
- Alquiler de equipamiento técnico
- Alquiler de vestuario
- Servicios de diseño y construcción de sets
- Efectos visuales
- Transporte